Etiquetado frontal y salud

La ley de etiquetado frontal establece que los alimentos y bebidas alcohólicas deben incluir en la cara principal del envase, un sello de advertencia indeleble que señale si el producto tiene “exceso” de: azucares, sodio y grasas saturadas. El espíritu de la normativa apunta a advertir a la sociedad sobre algunos componentes impulsores de sobrepeso y obesidad, así como disparadores de hipertensión y riesgos cardiacos.

Argentina se encamina a tener más de 2 millones de niños y adolescentes con obesidad. Es uno de los 20 países en el mundo que, según las proyecciones de Unicef, en el 2030 podría superar cifran escandalosas en relación a elevados índices de masa corporal. El sector médico de nuestro país se expresa con preocupación, celebrando la ley en cuestión, que le dará la posibilidad al consumidor de conocer detalles importantes de los componentes de los alimentos que se comercializan. La nutricionista Guillermina Veronesi (CONUER 54), subraya la importancia de los derechos de los consumidores para prevenir enfermedades, y en tal sentido refiere para INS detalles prácticos acerca de la novedad que pronto veremos en las etiquetas.

¿Por qué es tan importante la ley de etiquetas?

“La ley es de promoción de alimentación saludable y uno de sus ejes trata el etiquetado. La idea es trabajar los entornos escolares saludables, el patrocinio la regulación de la publicidad, etc. La importancia de la ley se basa en un problema de salud pública, donde se expresa el derecho a estar informados acerca de lo que consumimos”.

¿Los indicadores de obesidad infantil muestran aumento de niveles?

“Estamos viviendo una crisis en el marco de la pandemia, con datos renovados en relación a la nutrición y salud en general de las personas. Los resultados eran preocupantes de antemano, porque daban cuenta de obesidad y sobrepeso. Con la situación del coronavirus, probablemente los indicadores se vean exacerbados. Los parámetros son muy altos tanto en niños y adolescentes, como así también en la población adulta. Por eso es tan importante que el Estado trabaje y se haga cargo de una cuestión que refiere la salud de la población”.

¿En que nos cambia la ley como consumidores frente a una góndola? ¿Cómo debemos leer esa figura al frente del envase?

Ojalá y se pueda reglamentar manteniendo el espíritu de la ley, ya que estamos frente a una etapa clave, y sabemos que llevará un tiempo para que vayamos a comprar y encontremos estos octógonos que estarán al frente del envase, cumpliendo con determinado tamaño (5% de la superficie), legible y visible. Se trata de sellos de advertencia donde deben figurar las cantidades de los componentes. La leyenda tendrá la palabra “exceso”, de sodio, de azúcar, de grasas, etc. En nuestro país se suma la advertencia de que aparezca si hay exceso de cafeína y edulcorantes, porque ambos productos no son adecuados para los niños”.

¿Debe aparecer el término “exceso” en todos los casos?

“En un primer momento se especuló con decir “alto” en determinado ingrediente, pero entendemos que eso no hubiera sido correcto. Decir que tiene exceso de un ingrediente en particular, deja en claro que contiene verdaderamente estos productos ultraprocesados (no son alimentos), empaquetados e industrializados. Es una aclaración sencilla y gráfica, para que sea de rápido entendimiento para los consumidores. Si no existen excesos, este sello simplemente no aparecerá en las etiquetas”.

¿Cuáles son los parámetros comparativos de valores para usar la palabra exceso?

“En el caso del sodio no existe una ingesta recomendada. Se trata de una incorporación cultural en los alimentos. No contamos con una recomendación saludable, por lo cual para poder definir si contiene exceso, se usaron los criterios de los perfiles de nutrientes de la OPS (Organización Panamericana de Salud). A partir de estas bases, podemos definir que si el producto en cuestión se ubica por arriba de estos parámetros, llevará el sello de advertencia en el frente del paquete”.

¿Los conservantes, endulzantes y colorantes también serán parte de las leyendas?

“Lo que está aprobado en la ley refiere los excesos de azucares, grasas totales y saturadas, sodio, cafeína y edulcorantes”.

¿Cuáles son las características de la figura geométrica?

El sello es absolutamente legible y de color negro para que se vea fácilmente. Y ese envase puede tener uno o más figuras aclaratorias. Cuantos más octogonales contenga el frente del envase, menos saludable se interpreta que sea ese alimento, tratándose de un producto altamente procesado y más fuera de la ley. La idea es que los alimentos en su composición sean de comprensión para cualquier consumidor, tener en claro sus ingredientes en exceso y así poder elegir comprarlo o no. Actualmente nadie lee la letra chica de las etiquetas, y además es difícil de entender, dejando al margen al público común de esa información tan importante. El simple hecho de advertir con una figura llamativa, ofrece la posibilidad de informarse y optar libremente, sabiendo el impacto en la salud de las personas. Si un alimento contiene estas advertencias, la ley indica que no se puede vender en las escuelas, ni donar, porque no se trata de un producto saludable como para que forme parte del consumo de los niños”.